NO FUE UNA INSPECTORA: EL LITIGIO POR EL LOCAL DE MONTERÍA LO DECIDIÓ UN JUEZ DE LA REPÚBLICA

El proceso de pertenencia que definió la propiedad del inmueble en el centro de Montería duró años y culminó con una sentencia judicial firme, no con una decisión administrativa de policía. En medio de la controversia que rodea al predio ubicado en el centro de Montería, donde se ha señalado a la destituida inspectora primera Ligia Susana Bula Muñoz y a la señora Lilian Vallejo de presuntas irregularidades, un dato clave ha sido omitido en la versión que circula en redes sociales: este caso no lo resolvió una inspectora de policía, sino un Juez de la República, y la sentencia ya quedó ejecutoriada. De acuerdo con el ordenamiento jurídico colombiano, el juicio de pertenencia (o declaración de pertenencia) es un proceso eminentemente judicial, no administrativo.

El artículo 375 del Código General del Proceso establece que este trámite solo puede ser conocido por un juez civil del circuito o municipal, dependiendo de la cuantía del bien. Su objetivo es que una persona que ha poseído un inmueble de manera continua, pública y pacífica durante el tiempo exigido por la ley (generalmente 10 años para la prescripción extraordinaria) pueda adquirir legalmente la propiedad mediante sentencia.

¿Qué hace un inspector de policía?

Los inspectores tienen funciones administrativas y de convivencia ciudadana, reguladas por la Ley 1801 de 2016 (Código Nacional de Policía y Convivencia). Pueden intervenir en perturbaciones a la posesión o en conflictos vecinales, pero sus decisiones son precarias, provisionales y nunca declaran propiedad. Un inspector de policía no tiene competencia para tramitar ni decidir un proceso de pertenencia, pues eso requiere un análisis probatorio profundo y una decisión con efectos de cosa juzgada, atribución exclusiva del poder judicial.

La sentencia ejecutoriada: el punto final del litigio Lo que agrega certeza al caso es que, según la información conocida, el proceso de pertenencia sobre este local comercial ya tuvo sentencia ejecutoriada. Esto significa que la decisión del juez es firme e inapelable: ya no proceden recursos como apelación o casación, y ha hecho tránsito a cosa juzgada. En otras palabras, el asunto no puede volver a discutirse en otro proceso judicial.

La sentencia ejecutoriada es, además, el título válido para inscribir la propiedad en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos. Las acusaciones y la confusión deliberada Quienes afirman que la inspectora Bula Muñoz “decidió” el caso o “se adueñó” del predio están confundiendo dos cosas completamente distintas: un proceso judicial de pertenencia (competencia de un juez) con un eventual trámite policivo (competencia de un inspector). Atribuir a una inspectora la facultad de declarar propiedad es jurídicamente imposible.

Lo que sí podría haber ocurrido, y es materia de investigación, es que dentro del proceso judicial se hayan presentado documentos o actuaciones que hoy son cuestionadas. Pero la decisión final, la que define quién es el propietario, la tomó un juez de la República, no un inspector de policía.

La justicia tiene sus tiempos y sus instancias

La ciudadanía debe saber que los procesos de pertenencia son largos, complejos y están rodeados de garantías: se notifica a todos los interesados, se practican pruebas, hay contradicción y, finalmente, un juez profiere sentencia. Si alguna de las partes considera que hubo irregularidades (como falsedad documental o suplantación), el camino no es descalificar a un funcionario en redes sociales, sino acudir a la Fiscalía General de la Nación para que investigue esos posibles delitos, o interponer los recursos pertinentes ante el mismo juez o ante el tribunal superior.

El llamado a la cordura

En un caso donde hay de por medio calumnias, amenazas por parte de las personas que ocuparon por años irregularmente el predio, haciéndose a los cánones de arrendamiento, porque el poseedor o denunciante carece de total honestidad parte eso fue un litigio de años, es comprensible la indignación. Pero confundir deliberadamente la competencia de un juez con la de un inspector de policía es una manipulación que busca desinformar.

La justicia colombiana tiene mecanismos para revisar actuaciones judiciales y sancionar conductas indebidas, pero eso no se logra con señalamientos sin sustento, sino con pruebas en manos de las autoridades competentes.

La verdad se demuestra en los estrados judiciales, no en la opinión pública

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