Insultó y atacó con un machete a su compañera sentimental, el otro encendió a piedra a una discoteca porque no lo dejaron entrar

La Apartada, Córdoba. Un nuevo hecho de intolerancia se registró en las últimas horas en esta subregión de San Jorge, cuando un hombre de 48 años de edad, habría agredido verbal y físicamente a su compañera sentimental.

 

La actividad de policía se materializó en zona rural del municipio de La Apartada. Al parecer, la pareja de la mujer la insultado y atacado con un arma blanca tipo machete producto de una situación de celos.

 

El sujeto, que presuntamente se encontraba bajo los efectos de bebidas embriagantes, fue dejado junto con el elemento incautado (machete) a disposición de la Fiscalía General de la Nación, ante la cual tendrá que responder por el delito de violencia intrafamiliar.

 

Por su parte, la víctima, una mujer de 42 años, se recupera satisfactoriamente de las lesiones causadas (golpes y marcas en el cuerpo) por su agresor.

 

La Policía Nacional rechaza vehementemente cualquier acto que atente contra integridad de cualquier persona especialmente de la mujer, así mismo, invita a la ciudadanía a seguir denunciando este delito a la línea de emergencia 155 o el número del cuadrante.

 

 

Lanzó piedras a una discoteca por no dejarlo entrar

 

San Andrés de Sotavento, Córdoba. La Policía Nacional de todos los colombianos, a través de unidades adscritas al Modelo Nacional de Vigilancia Comunitaria por Cuadrantes, realizó la captura en flagrancia a un hombre de 23 años de edad.

 

La actividad de policía se materializó en el barrio Boca Canoa, zona urbana del municipio de San Andrés de Sotavento. En el lugar, los uniformados sorprendieron al sujeto en alto estado de exaltación producto de un aparente estado de embriaguez, causando daños con elementos contundentes (piedras) a la fachada de una discoteca.

 

Es importante indicar, que el hecho se habría registrado por presuntamente no permitirle el ingreso al local. Fue dejado a disposición de la Fiscalía General de la Nación, ante la cual tendrá que responder por el delito de daño en bien ajeno, tipificado en el artículo 265 del Código Penal.

 

El que destruya, inutilice, haga desaparecer o de cualquier otro modo dañe bien ajeno, mueble o inmueble incurrirá en prisión de dieciséis (16) a noventa (90) meses y multa de seis punto sesenta y seis (6.66) a treinta y siete punto cinco (37.5) salarios mínimos legales mensuales vigentes, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena mayor.

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